sábado. 20.04.2024

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Fomento a abonar algo más de 975.000 euros a la Unión Temporal de Empresas que construyó el tramo La Encina-Torrelavega de la Autovía del Cantábrico A-8, en concepto de intereses de demora por retraso en la práctica de la revisión de precios de la obra. La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso de Acciona Construcción S.A. e Izel Obras e Infraestructuras S.L., que formaban 'La Encina UTE', contra la desestimación presunta por el Ministerio de Fomento de la reclamación de intereses de demora en vía administrativa. La sentencia, que condena también a la administración al pago de las costas, es del 7 de junio y se puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

El contrato del tramo La Encina-Torrelavega se adjudicó en marzo de 2007. Según consta en la sentencia, en julio de 2014 la contratista solicitó la revisión de precios y el pago de los intereses de demora. En octubre de 2016 se formalizó el acta de recepción de obras y en diciembre de ese año se aprobó la certificación fina, con adicional por revisión de precios.

La Audiencia recuerda la reiterada jurisprudencia interpretativa del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas que establece que el modo normal del abono de la revisión de precios es hacerlo mensualmente y de oficio en el momento del pago de las certificaciones de obra o pagos parciales. La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional considera procedente no solo el pago de los intereses de demora sino también los intereses legales sobre los intereses de demora desde la interposición del recurso hasta su abono efectivo.

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