martes. 19.03.2024

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha estimado el recurso interpuesto por la Federación Cántabra del Taxi contra los pliegos del concurso de transporte escolar para el curso 2021-22 en la región.

Así consta en una resolución del organismo dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública a la que ha tenido acceso Europa Press, según la cual el criterio de valoración previsto por la Consejería de Educación en ese pliego es "desproporcionado".

En este sentido, el tribunal explica que se incluye "implícitamente una restricción a la concurrencia injustificada, máxime cuando el objeto del contrato es un servicio incardinable dentro del transporte regular de viajeros especial". "Lo cierto es que, de facto, la cláusula impugnada otorga exclusivamente puntuación a aquellos licitadores que tengan concesiones de servicios de transporte regular general o autorizaciones de transporte regular especial. Concesiones y autorizaciones planteadas en la LOTT -Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres- en términos muy restrictivos".

Y no aprecia por contra el tribunal que "la garantía de un adecuado tiempo de respuesta ante incidencias durante la prestación del servicio exija otorgar una ventaja competitiva a quienes, por disponer de concesiones o autorizaciones para el transporte regular de viajeros, puedan igualmente disponer de vehículos de sustitución en caso de avería". Por eso, anula este criterio de valoración.

Tras conocerse la resolución, la Federación Cántabra del Taxi ha vuelto a pedir la dimisión de la consejera de Educación, Marina Lombó, por su "incompetencia para poner fin a la constante litigiosidad en estas licitaciones". Y también urge el cese del coordinador de Alumnos y Servicios Complementarios de la Dirección General de Centros Educativos, a quien acusa de ser "el causante directo" del problema existente.

Según la asociación, Educación alegaba que la disposición de talleres o garajes era un medio "insuficiente" para acreditar la capacidad de respuesta y que la incidencia no se pueda solventar con prontitud, considerando "más práctico" que la empresa adjudicataria disponga de servicios "próximos" que permitan una "rápida" respuesta y atención al problema surgido. Sin embargo, "ha sido el criterio que la propia Consejería ha mantenido en las últimas licitaciones".

EXPULSAR AL SECTOR DEL TAXI

"La modificación de los pliegos por parte de la Consejería de Educación simplemente pretendía expulsar al sector del taxi e impedir su concurrencia a las rutas de transporte escolar, cediendo a las presiones ilegítimas del sector del transporte por autobús", considera la agrupación de taxistas.

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales desestimó previamente un recurso de la patronal de empresas de autobuses contra el pliego del concurso anterior, en el que precisamente se recogía como punto a valorar la disposición de talleres o garajes como medio suficiente para atajar las incidencias en la ejecución de las rutas escolares.

La nueva resolución, la que estima el recurso de los taxistas, pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Anulado el criterio que veta a taxistas presentarse al concurso de transporte escolar
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